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Por Ing. Daniel Buitrago Ch., ingeniero de alimentos · Actualizada en octubre de 2026
En Colombia, todo alimento que se vende directamente al consumidor necesita una autorización del Invima. Cuál necesitas depende del riesgo en salud pública de tu producto: registro, permiso o notificación sanitaria. Aquí te explico cuál te toca, cuánto cuesta en 2026, qué cambió y cómo hacer el trámite.
En corto: riesgo alto → registro sanitario (RSA); riesgo medio → permiso sanitario (PSA); riesgo bajo → notificación sanitaria (NSA). El riesgo de cada alimento está en la Resolución 719 de 2015. Desde 2025 el Invima expide las autorizaciones de forma automática por InvimÁgil y revisa después: tu documentación tiene que estar bien desde el primer día.
Basado en el anexo técnico de la Resolución 719 de 2015. Los nombres están resumidos para que sea fácil buscar; ante la duda, la clasificación oficial la hace el Invima con la ficha técnica de tu producto.
| Riesgo | Trámite | Sigla | Vigencia | Tarifa 2026 de referencia* | Ejemplos |
|---|---|---|---|---|---|
| Alto | Registro sanitario | RSA | 5 años | $8.177.641 | Lácteos, cárnicos, pescado, huevo, jugos, agua envasada, salsas, helados |
| Medio | Permiso sanitario | PSA | 7 años | $6.243.068 | Aceites vegetales, harinas, pastas, arepas, pulpas de fruta, encurtidos, mantequilla de maní |
| Bajo | Notificación sanitaria | NSA | 10 años | $4.148.038 | Pan, galletas, chocolates, dulces, mermeladas, panela, snacks, café, especias |
* Tarifa inicial para una variedad, según la Resolución 2026058314 de 2026 del Invima (675,28 UVB para RSA, 515,53 UVB para PSA y 342,53 UVB para NSA), calculada con la UVB de 2026 ($12.110, Resolución 3488 de 2025 de MinHacienda). Sube según el número de variedades. El valor exacto lo liquida InvimÁgil al radicar.
Con la Resolución 2025029546 de 2025, el Invima expide, renueva y modifica los registros, permisos y notificaciones de alimentos de forma automática a través de su plataforma digital, y revisa después. Esto tiene dos caras:
En otras palabras: lo que declaras en la solicitud (ficha técnica, composición, aditivos, marcas, presentaciones) tiene que estar bien desde el principio.
La Resolución 2026058314 de 2026 del Invima reorganizó los códigos de pago de alimentos: ahora un mismo código cubre la expedición y la renovación, y las renovaciones se liquidan con el valor del entorno digital. Según el Invima, no se crearon tarifas nuevas ni se subieron los valores. Mientras se habilita el módulo en InvimÁgil, las renovaciones siguen con los códigos anteriores.
Por la Ley de Emprendimiento (Ley 2069 de 2020) y el Decreto 1889 de 2021, las pequeñas empresas pagan entre el 40 % y el 60 % de la tarifa y las medianas entre el 70 % y el 90 %, acreditando su tamaño empresarial. El Invima también mantiene códigos de pago diferencial y de pago cero para microempresas y otros grupos, con condiciones específicas: revísalas en InvimÁgil antes de pagar.
El artículo 37 de la Resolución 2674 de 2013 (modificado por la Resolución 3168 de 2015) exonera:
Ojo: “sin transformación” es literal. Si lavas, cortas, pelas, empacas al vacío, mezclas o agregas algo, ya hay transformación y necesitas autorización.
Aunque la etiqueta no se aprueba en el trámite, debe cumplir el rotulado general (Resolución 5109 de 2005) y el nutricional (Resolución 810 de 2021): el número de RSA, PSA o NSA va impreso en el empaque.
Hazla con el generador de fichas técnicas: un formulario guiado con todo lo que pide el Invima (composición, aditivos, características, vida útil, empaque) y descargas un Word profesional por $9.900.
Hacer mi ficha técnicaLa autorización del Invima no te salva de la visita de la secretaría de salud. Haz gratis el autodiagnóstico BPM y mira qué te falta.
Hacer el autodiagnósticoLa tarifa inicial de referencia para una variedad es de unos $8.177.641 para registro sanitario (riesgo alto), $6.243.068 para permiso (riesgo medio) y $4.148.038 para notificación (riesgo bajo), con la UVB de 2026. Las pequeñas y medianas empresas pueden acceder a tarifas diferenciadas.
Desde 2025 la expedición es automática a través de InvimÁgil, así que la autorización sale rápido. Lo que toma tiempo es preparar bien la documentación, porque el Invima puede revisarla después y pedir correcciones.
No. El producto debe tener su RSA, PSA o NSA antes de venderse al consumidor, y el número debe ir impreso en la etiqueta.
Una solicitud puede incluir varias variedades y presentaciones del mismo producto, y la tarifa sube según el número de variedades. Si después agregas una marca, presentación o variedad, debes tramitar una modificación.
No. Puedes ser titular y fabricar con un tercero (maquila), siempre que la planta fabricante cumpla las buenas prácticas de manufactura de la Resolución 2674 de 2013.
La autoridad sanitaria puede decomisar el producto, cerrar el establecimiento y abrir un proceso sancionatorio. Además, ningún supermercado o tienda formal te va a recibir el producto sin su número de autorización.

Daniel Buitrago Ch. es ingeniero de alimentos (UNAD, con grado de honor), auditor interno en inocuidad (FSSC 22000, ISO 22000, HACCP) y magíster (c) en Biotecnología Alimentaria. Fue líder de calidad en una planta de productos de la pesca. Más sobre mí.
Esta guía resume la Resolución 2674 de 2013 (arts. 37 a 40, con la modificación de la Resolución 3168 de 2015), la Resolución 719 de 2015 del Ministerio de Salud y las Resoluciones 2025029546 de 2025 y 2026058314 de 2026 del Invima. Es material de orientación: no reemplaza la norma oficial ni la liquidación del Invima. Revisa las tarifas vigentes en InvimÁgil antes de pagar.